Comparativa entre la Quiropráctica y otras profesiones sanitarias expresamente reconocidas en la Ley 44/2003.

En primer lugar, y respecto de los profesionales médicos, la homologación a nivel nacional del título de Doctor en Quiropráctica ha sido equiparada por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, al nivel formativo de licenciatura, esto es, al mismo nivel formativo requerido a los profesionales médicos para el ejercicio de su profesión sanitaria. En la actualidad, dicho título se correspondería con el nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES 3).

Por su parte resulta igualmente relevante traer a colación la definición dada por parte de la Organización Mundial de la Salud (“OMS”) respecto de la práctica de la Quiropráctica:

 – Quiropráctica: “Profesión sanitaria que se ocupa del diagnóstico, el tratamiento y la prevención de los trastornos del sistema neuromusculoesquelético y de los efectos de dichos trastornos sobre la salud en general. Concede una particular importancia a las técnicas manuales, como la manipulación o el ajuste de las articulaciones y se centra especialmente en las subluxaciones”

Así, la propia OMS reconoce en su definición la calificación de profesión sanitaria respecto de la Quiropráctica. Teniendo en cuenta lo anterior, podemos señalar que: – la formación necesaria para el ejercicio de la quiropráctica sería equiparable a la de la profesión médica. – La propia OMS otorga la condición de profesión sanitaria a la quiropráctica.

#porlaregulaciondelaQuiropractica

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